Fertilización Asistida. Fuente TN noticia

Quiso tener un hijo con el esperma de su esposo muerto, pero la Justicia
no la autorizó

La jueza sostuvo que su pareja no había prestado su consentimiento para ser padre. Expertos aseguran que el tema no está legislado.

Un caso que parece de ciencia ficción pero que fue real. Una mujer quiso engendrar un hijo con el semen de su marido muerto, pero la Justicia denegó su pedido ya que señaló que su pareja no había dado su consentimiento.}

El hombre había congelado su esperma antes de comenzar quimioterapia. A los pacientes de cáncer los médicos suelen recomendarles congelar semen -u óvulos en caso de pacientes mujeres- para preservar la capacidad reproductiva, que puede quedar afectada después del tratamiento.

Ése fue el caso del “señor T”. “El médico de cabecera, al indicarle que tenía que efectuarse el tratamiento de quimioterapia a causa de un cáncer detectado, le anticipó que tal práctica era sumamente invasiva y que podía afectar su capacidad reproductiva. Que por tal motivo, la aquí peticionante y el señor T. decidieron proceder a la criopreservación de semen de aquél”, dice el pedido que presentó la mujer ante la justicia porteña.

La Justicia argentina recibió ocho pedidos similares desde 2011 (Foto: Shutterstock)
La Justicia argentina recibió ocho pedidos similares desde 2011 (Foto: Shutterstock)
El “señor T” no sobrevivió y murió. Por eso, tras un tiempo, su esposa quiso utilizar el semen preservado para inseminarse y tener un hijo de él, que sería el primero para ambos.
Para eso, tuvo que solicitar a la Justicia Civil autorización para la práctica de Fertilización Post Mortem​ (FPM), pero el fallo, emitido en febrero, fue un revés para ella.
La jueza Myriam Cataldi, del Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil Nº 7 basó su decisión en que no había “consentimiento informado expreso” del cónyuge para autorizar la FPM.
Para la magistrada, autorizar el proceso hubiera afectado “a todas luces, los derechos personalísimos del difunto, entendidos como aquellos que están íntimamente ligados con la persona y que son, por naturaleza, inherentes a ella y su dignidad, a la vez que intransmisibles”.

Los médicos recomiendan a los pacientes con cáncer conservar gametos (Foto: Shutterstock)
Los médicos recomiendan a los pacientes con cáncer conservar gametos (Foto: Shutterstock)
Por eso, a pesar de que la mujer “se encuentra pagando mensualmente el abono a fin de mantener la criopreservación de gametos”, el fallo ratifica que ninguna decisión personalísima puede ser tomada “sin la opinión ni actuación de su titular”.

Un vacío legal

Durante las casi 50 páginas, el fallo se explaya sobre el debate bioético en cuestión, y concluye que sobre la Fertilización Post Mortem existe un vacío en la normativa, que deja cada caso librado a la discrecionalidad de los jueces.
Por eso, la jueza Cataldi elevó un pedido a los legisladores nacionales. “Se está ante una laguna del derecho en una temática que es de gran importancia y que, mal que le pese a los legisladores, existe en el mundo real; razón por la cual -a mi criterio- resulta imprescindible que la FPM sea expresamente regulada, estableciendo los requisitos que la legislación considere pertinentes, siendo respetuosa de los derechos de todos los involucrados”, considerado
La idea fue apoyada por Marisa Herrera, doctora en Derecho (UBA), investigadora independiente del CONICET, especialista en Derecho de Familia y una de las redactoras del nuevo del Código Civil y Comercial de la Nación. “La filiación post mortem es una figura que quedó sin regular”, dijo a Clarín.
“Es una cuenta pendiente y este tipo de fallos dan cuenta de la necesidad de llenar este vacío legal, a fin de evitar conflictos que se tengan que dirimir en la Justicia”, agregó.

En el caso del “señor T”, Herrera coincidió con el fallo de Cataldi. Uno de los argumentos de peso es que el “consentimiento informado expreso” no puede reemplazarse con el “consentimiento presunto”.
La “presunción”, indicó Herrera, conduciría a una inseguridad jurídica, que repercutiría en temas como el derecho hereditario y el apellido. “La libertad es el derecho que está en todos los temas, tanto en el derecho a la reproducción como a la no reproducción”, agregó.

Un pedido recurrente

La Justicia argentina recibió, desde 2011, ocho pedidos de Fertilización Post Mortem con distintas técnicas de reproducción humana asistida. Cuatro fueron solicitudes por gametos congelados o criopreservados (tal es el caso de la esposa del “señor T”), dos por embriones, también criopreservados, y en otros extracción compulsiva de semen de la persona fallecida (con consentimiento previo).
Si bien el tema quedó sin legislar, como indicó Herrera, sí ha sido abordado por investigaciones, por ejemplo en la Facultad de Psicología de la UBA.
Juan Michel Fariña, titular de la materia “Psicología, Ética y Derechos Humanos”, opinó al respecto: “La ciencia está para permitirnos afrontar la adversidad con nuevos recursos. La ética ​es justamente el dispositivo de pensamiento que permite dirimir cuándo aplicarla y cuándo no. La oportunidad de que una madre recupere el valor y la función de un padre que no está físicamente representa un gesto que no debe ser desestimado”.

Pero así como la jueza, la experta consideró que el deseo de transmitir un legado es clave: “La fecundación post mortem se aplica en casos en los que existe la voluntad procreacional pero que, por una fatalidad, ésta se vio impedida. En este caso, si bien el padre falleció, se espera que la madre transmita la función y el legado de este hombre al hijo o hija por venir”.
Sin embargo, advirtió que “es un recurso de aplicación compleja desde el punto de vista psicológico”. “Lo aconsejable es la espera de un tiempo de al menos dos años entre el fallecimiento y la gestación, para asegurar que el trabajo de duelo pueda realizarse, de modo de ofrecer las mejores condiciones psicológicas para la aplicación de la tecnología”, indicó

VII Seminario Regional de Formación de Formadores en Bioética

Inicio

El Programa Regional de Bioética y Ética de la Ciencia de la UNESCO (Oficina de Montevideo y la Universidad Nacional Autónoma de México han abierto las inscripciones al “VII Seminario Regional de Formación de Formadores en Bioética”. El mismo se realizará en Ciudad de México, México, del 3 al 7 de agosto de 2020.

La actividad está orientada a capacitar a docentes que se desempeñen en la tarea educativa en bioética a nivel de pregrado o posgrado. El objetivo es formar expertos docentes brindando herramientas metodológicas en educación en bioética (método deliberativo, metodología problematizadora, uso de casos, enseñanza basada en problemas, etc.) y ofrecer estrategias especiales, como las TICs y el arte a distintos niveles.

También se incluirán temas introductorios para la ampliación de la agenda de la bioética y los contenidos educativos, como el enfoque de derechos humanos, temas medioambientales y sociales y construcción de una cultura de paz.

Se trata de una oportunidad única para formación e intercambio de formadores, que reunirá a destacados bioeticistas internacionales en torno a temas claves de la educación en bioética desde el enfoque de Derechos Humanos que promueve la UNESCO.

Invitamos a las entidades educativas de la Región, a las Universidades y a los organismos que promueven la educación en Bioética en América Latina y el Caribe a apoyar la participación de sus docentes, así como a todos aquellos docentes independientes interesados en el tema a inscribirse directamente.

La inscripción es sin costo. A los participantes se les brindará la bibliografía pertinente y adecuada alimentación durante las horas del seminario. Los gastos de traslados, alojamiento y alimentación (extra curso) deben ser cubiertos por los participantes, o sus entidades académicas.


Los postulantes serán seleccionados por un comité constituido a tal fin. 

El curso se impartirá solamente en español.
Carga horaria 40 horas

Las inscripciones no tienen costo y están abiertas hasta el 8 de mayo de 2020

Por más información local contactar a: 

mi.garese@unesco.org o a.abella@unesco.org

15 de Febrero . Día internacional del Cáncer Infantil

Instituido en Luxemburgo en el año 2001 por la Organización Internacional de Padres de Niños con Cáncer. La jornada tiene como objetivo recordar a los niños afectados por esta enfermedad, sensibilizar y concientizar a la comunidad respecto de la importancia de este problema y de la necesidad de un acceso rápido al diagnóstico y tratamiento adecuado.

La pastilla letal para mayores hartos de vivir que nunca existió. Notica de la Vanguadia

Los Países Bajos no legalizarán la polémica píldora

La pastilla letal para mayores hartos de vivir que nunca existió
Concentración a favor de la eutanasia en los Juzgados de la plaza Castilla de Madrid (Dani Duch)
    
  
Eso de “no dejes que la realidad te arruine una buena historia” debió ser lo que pensaron los medios que esta semana publicaron informaciones en las que se afirmaba que el Gobierno de los Países Bajos “había empezado a tramitar la puesta en marcha” de “una pastilla letal”, que “no necesitará prescripción médica, ni justificar un problema de salud” para que los mayores de 70 años, “cansados de la vida”, puedan suicidarse si lo desean. Esta supuesta noticia se mezcló con el debate parlamentario abierto en el país sobre la ampliación de la eutanasia. Incluso se llegaba a poner nombre a esa pastilla: Drion.

No era más que un bulo que corrió como la pólvora y que ha incendiado esta semana a lectores e internautas hispanohablantes.
La fake news ha llegado también a Latinoamérica, y en países como Argentina algunos diarios explicaron “cómo es la pastilla letal que piensan implementar en Holanda para los mayores de 70 cansados de vivir”. En Chile, algunos medios incluso hicieron encuestas para preguntar si les gustaría seguir los pasos del Gobierno neerlandés y legalizar la eutanasia.
Lo único realmente cierto es que el Ejecutivo de los Países Bajos encargó una investigación, que fue publicada la semana, pasada para sondear la opinión de la gente mayor ante una eventual eutanasia en el caso de considerar “completado” su ciclo vital.

El Gobierno hizo un informe para saber cuántos, al ver “completado su ciclo”, querrían la eutanasia

De hecho, la coalición que gobierna actualmente en La Haya –liberales, progresistas y dos partidos más conservadores, los democristianos y Unión Cristiana– logró un acuerdo en el 2017 para formar gobierno precisamente bajo el compromiso de no presentar ningún proyecto de ley que pueda conducir a legalizar el suicidio asistido, aunque sí acordaron encargar la investigación que se publicó la semana pasada. Los investigadores preguntaron a 21.000 holandeses mayores de 55 años si, una vez alcancen una edad determinada, tengan que lidiar con achaques y consideren que ya han completado su ciclo de vida les gustaría tener acceso legal a la eutanasia. Unas 10.000 personas contestaron que sí.

Fueron los resultados de este informe y la postura del partido progresista D66 de ampliar la ley de la eutanasia –vigente desde el 2002– para que incluya el suicidio asistido, lo que dio pie a sacar conclusiones equivocadas.
El informe no explica cómo podría llevarse a cabo ese suicidio asistido pero, según la propuesta del D66, no consistiría en adquirir un fármaco sin receta para poder quitarse la vida en casa.
De la pastilla Drion se viene hablando desde hace 30 años. Huib Drion fue un jurista neerlandés que, en 1991, sugirió la posibilidad de poner a disposición del ciudadano de la tercera edad, de forma gratuita, una píldora para quitarse la vida cuando sean mayores de 75 años. Esta historia fue recordada por el The Irish Times –de la muy católica Irlanda– y esos lodos trajeron estos barros.
Pero como ha confirmado la Asociación Holandesa de Fin de Vida Voluntario, esta píldora no existe, ni hay planes de legalizarla o producirla de forma oficial, aunque sí hubo una cooperativa de últimas voluntades que decidió retar a las autoridades, hace un par de años, y promocionar un polvo letal con una función similar a la pastilla Drion. También es cierto que en la década de los noventa, Els Borst, entonces ministra de Sanidad, respaldó públicamente la idea de llevar a debate la legalización de la Drion, lo que provocó un gran escándalo y la obligó a olvidarse del tema. Desde entonces, ningún miembro del Gobierno ha vuelto a poner esa cuestión sobre la mesa.
 
 
 

Holanda podría aprobar una “pastilla letal” para mayores de 70 años “cansados de vivir”. Noticia de Ambito


Se la llama “píldora Drion”, por un juez que había propuesto que el Estado debería ponerla a disposición para este grupo. Según el ministro de Sanidad, es mejor apuntar los esfuerzos en “devolver el gusto por la vida”.

La propuesta de esta píldora fue hecha hace 40 años por un juez que murió por causas naturales. 

La propuesta de esta píldora fue hecha hace 40 años por un juez que murió por causas naturales. 

Pixabay

El Gobierno holandés podría aprobar este mismo año una pastilla letal para mayores de 70 años que se sientan “cansados de vivir”. De hecho, acaba de publicar un primer estudio con la definición del espectro de población a las que se dirigiría esta pastilla del suicidio, también llamada “píldora Drion”.
00:00
/
00:00
Loading Ad

Según informó el diario español ABC.es, la idea de este comprimido había sido propuesta por primera vez hace 40 años por Huib Drion, un juez del Tribunal Supremo holandés, profesor de derecho, ensayista y académico. Sugiró entonces que el Estado debería poner a disposición de los ciudadanos que cumplieron los 70 años una píldora venenosa, para que pudieran decidir en qué momento querían terminar por su vida. Drion falleció plácidamente por causas naturales mientras dormía en su casa de Leiden en 2004, a los 86 años.
Años después, su propuesta forma parte de la política holandesa y en este momento se encuentra sobre la mesa del actual Gobierno que empezó a tramitar su desarrollo.
De hecho, según el primer estudio oficial, existe en ese país una parte de la población de más de 55 años que, aunque gozan de buena salud, “tienen un deseo de morir consistente y activo”. Pero su proporción, un 0,18% de esa franja de edad, no permite deducir que constituya un grupo significativo. En números concretos, este grupo sería de alrededor de 10.000 personas.
Por su parte, el ministro de Sanidad, el democristiano Hugo de Jonge, cree que lo que se debería hacer con esta población es “intentar devolverles el gusto por la vida”.
En el año 2002, Holanda había aprobado la primera ley de eutanasia que fue utilizada en 1880 casos. Cinco años más tarde se ampliaron las condiciones para poder aplicarla y en la actualidad ya ascienden casi a siete mil las personas que cada año son acompañadas a la muerte por el propio sistema de salud, cifra que corresponde a 20 casos diarios

La “buena muerte”, o libertad para morir: el otro debate que adeuda la Argentina. Noticia del diario La Nación

La “buena muerte”, o libertad para morir: el otro debate que adeuda la Argentina

Tras la confirmación del Gobierno sobre el envío de una ley que termine con la penalización del aborto, se reavivan viejos debates y polémicas a tratar en el país Fuente: LA NACION – Crédito: Shuterstock

Luz Carou García

7 de febrero de 2020 • 09:43

A principios de enero, a través de un mensaje divulgado por el Vaticano, el Papa Francisco pidió a los agentes sanitarios de todo el mundo que realicen su tarea “sin ceder” ante la eutanasia y el suicidio asistido, y pidió que en cada tratamiento o rehabilitación que se dirija a una persona enferma, se recuerde siempre que el sustantivo “persona” debe estar antes del adjetivo “enferma”.

En paralelo, Ana Estrada, una psicóloga peruana de 42 años, que padece polimiositis, busca firmas a través de la plataforma Change.org para que las autoridades le permitan, cuando llegue el momento y ella lo decida, la muerte asistida, ilegal en su país.

¿Qué ocurre en la Argentina? ¿Cuál es el marco regulatorio que permite tomar decisiones sobre el final de la vida? ¿Por qué nos cuesta tanto hablar de la muerte? ¿De qué hablamos cuando hablamos de eutanasia, de suicidio asistido, y de muerte digna? Son algunas de las preguntas que LA NACION le hizo a un familiar, a un abogado, a dos expertos en bioética, a un sacerdote y a un académico para conocer el abanico de posturas y la posibilidad de que pueda darse el necesario debate.

La “negación maníaca de la muerte”
“Lo que vemos en Argentina y en algunas partes del mundo es un ocultamiento permanente. Siempre digo que es una especie de negación maníaca de la muerte”, precisa el abogado Ignacio Maglio, jefe del Departamento de Riesgo Médico Legal del Hospital de Enfermedades Infecciosas Francisco Javier Muñiz y coordinador del Área de Promoción de Derechos de la Fundación Huésped, entre otros.

Marco regulatorio vigente
En el país existen dos marcos regulatorios que habilitan la toma de decisiones al final de la vida: la Ley de Derechos del Paciente en su Relación con los Profesionales e Instituciones de la Salud, aprobada en 2009 y modificada en 2012 (también llamada ” ley de muerte digna”), que permite a toda persona decidir sobre el tratamiento que desea o no recibir, y las disposiciones del Código Civil vigente desde 2015 en sus artículos 59 y 60, en los que se hace referencia al consentimiento informado para actos médicos e investigaciones en salud, y a las directivas médicas anticipadas, respectivamente.

Hay un impedimento sobre la posibilidad de hablar de la muerte Ignacio Maglio

La ley sancionada en 2012 por el Congreso de la Nación permite a pacientes y familiares limitar los esfuerzos terapéuticos en los casos de “una enfermedad irreversible, incurable o se encuentre en estadio terminal”, pero la norma no contempla la eutanasia ni el suicidio asistido.

La sanción de la norma ocurrió en consonancia con el caso de Camila Sánchez, que movilizó al campo jurídico, político y a la opinión pública en aquel entonces. Su mamá, Selva Herbón, pedía que se avanzara con una ley que autorizara el retiro del soporte vital y permitiera el devenir de la muerte de su hija, quien permanecía en estado vegetativo desde su nacimiento, en el Centro Gallego de Buenos Aires.

En Argentina existen dos marcos regulatorios que habilitan la toma de decisiones al final de la vida: la Ley de Derechos del Paciente en su Relación con los Profesionales e Instituciones de la Salud y los artículos 59 y 60 del Código Civil vigente desde 2015 Fuente: LA NACION – Crédito: Shuterstock

Directivas médicas anticipadasLa Ley 26.742 también precisa que toda persona “capaz, mayor de edad, puede disponer directivas anticipadas sobre su salud, pudiendo consentir o rechazar determinados tratamientos médicos, preventivos o paliativos, y decisiones relativas a su salud”, y que las directivas deberán ser aceptadas por el médico a cargo, salvo las que impliquen desarrollar prácticas eutanásicas, las que se tendrán como inexistentes”.

En ese sentido, el capellán de los hospitales Álvarez y Británico, Andrés Tello Cornejo, afirma que la directiva anticipada “es lo mejor porque uno se adelanta a no tomar decisiones sobre el cuerpo del paciente que pueden ser desproporcionadas”. Para el sacerdote, cada paciente decide el modo en el que quiere que no se prolongue más la vida. Las directivas anticipadas son medidas para que los médicos no hagan, no para que dejen de hacer”.

“Quienes defendemos la muerte médicamente asistida, que podría ser la eutanasia o el suicidio asistido, creemos que debería legalizarse, también, la acción del médico, de poder producir la muerte del paciente cuando existan una cantidad de condiciones, entre las cuales está el consentimiento del mismo”, subraya Eduardo Rivera López, licenciado en Filosofía de la Universidad de Buenos Aires, doctor en Ciencias Políticas por la Universidad de Mainz (Alemania), y profesor de la Universidad Torcuato Di Tella.

¿Estamos preparados o no para el debate sobre la eutanasia?

Eutanasia, la “buena muerte”

La eutanasia implica “provocar la muerte a requerimiento de un paciente, portador de una enfermedad mortal, a través de la administración de un medicamento en dosis letal”. En griego, significa “buena muerte”.

Sin embargo, Beatriz Firmenich, Magíster de la Universidad de Buenos Aires en Ética Aplicada a la Salud, Eticista del Comité de Ética de la Investigacion en Salud (CEI) y coordinadora del Comité de Bioética del Incucai, añade que la palabra “tiene muy mala prensa, puesto que los campos de concentración del nazismo llamaron eutanasias a los homicidios cometidos, y quedó ligada así a una muerte terrible”.

Así, el licenciado en Filosofía Rivera López considera que la eutanasia “es parte de lo que tiene que hacer la medicina”. Para él, “no es que uno tiene que estar preparado para dar muerte a una persona”, sino que cree que es “parte de lo que la medicina tiene que hacer”. “Se trata de ejercer la autonomía de las personas y ayudar a que la ejerzan”, completa.
Una visión novedosa

Al poner sobre la mesa el debate de la eutania y sus implicancias, el abogado Maglio menciona, con énfasis, su postura concordante con la planteada en la tesis posdoctoral de la Dra. María Susana Ciruzzi, miembro del Comité de Ética del Hospital de Pediatría Dr. J.P. Garrahan. La tesis se titula La “Criminalización” de la Medicina al Final de la Vida. Una perspectiva crítica. Una propuesta superadora. “Adhiero a la tesis de Ciruzzi cuando plantea que la eutanasia en la Argentina no es un delito. Este es el punto central. Entonces, si la eutanasia o la asistencia al suicidio en Argentina no es un delito, no se precisa una ley para legalizarla “, subraya el abogado.

“Para que no sea un delito, se necesitan algunas circunstancias: que la persona sea autónoma, adulta, que exista un testamento vital o un directiva anticipada en donde exprese ese deseo, que el acto sea llevado a cabo por un médico matriculado, que haya un período de reflexión para ver si se arrepiente o no. En todo caso, que pueda participar un comité de bioética, cuando haya dudas. La idea es, entonces, que la Argentina no necesita un ley para legalizar la eutanasia porque la eutanasia -con esta interpretación que hacemos con Susana- no es un delito”, concluye.
Limitación del esfuerzo terapéutico

Otro de los conceptos que entra en un juego cuando se abre una discusión de esta naturaleza se vincula con la limitación del esfuerzo terapéutico o LET que, en otras palabras, refiere a “dejar de ejercer acciones de prolongamiento vital de manera tal que ya no pueden curar, pero sí generan una supervivencia en condiciones muy indignas para el paciente”.

“Si no se responde a ciertos tratamientos, si son fútiles, entonces, ¿para qué seguir?”, se pregunta y, enseguida, agrega: “Cuando no se puede curar, siempre queda el cuidar”. La eticista considera que “nunca” una LET “puede ser tomada arbitrariamente por el equipo de salud, sino que siempre debe ser consensuada con el paciente, en primera instancia; o con el paciente y su familia, en segunda instancia; o con la familia, cuando el paciente no pueda hacerlo”.
Suicidio asistido

También aparece con frecuencia la idea de hablar de un suicidio asistido en estos casos, es decir, de una muerte que la persona, por sí misma, no puede llevar a cabo por incapacidad física, porque no está en condiciones de tener al alcance los elementos necesarios”, explica Firmenich, quien agrega que no figura en términos legales y que, en su caso, “tampoco estaría de acuerdo con que existiese”.

La diferencia respecto de la eutanasia radica en el ejecutor, contrapone Maglio. “Alguien ayuda”, explica, quien recuerda las palabras de Ramón Sampedro Cameán, un caso que inspiró a la realización de la película Mar Adentro: “La vida no es una obligación, es un derecho”. Entonces, se pregunta, “¿cuál sería el límite? Para explicarlo en criollo: no jorobar al resto, no perjudicar a terceros”.

Cuando no se puede curar, siempre queda el cuidar, que va de la mano de los tratamientos paliativos Beatriz Firmenich

Muerte digna
En este contexto y frente a la eutanasia y al suicidio asistido, ¿cuál es el alcance que tiene el término “muerte digna”?

“Es la muerte producida por la abstención o el retiro de soportes vitales cuando la prolongación de la agonía se hace en forma penosa, gravosa e indigna. El derecho argentino la materializa a través de un instrumento muy simple que son las directivas anticipadas, previstas en la Ley 26.742 y en el Código Civil”, explica el abogado Maglio.

Para Firmenich, se trata del “proceso de morir respetando la dignidad del paciente; es decir, no instrumentalizando su vida a costas de su sufrimiento”. Cuando el proceso de la enfermedad ya es irreversible, precisa, llega “el momento de plantearse: «¿Hasta cuándo?» cuando el paciente está diciendo «basta»”.

La diferencia respecto de la eutanasia radica en el ejecutor, precisa Maglio, es decir, “alguien ayuda” a alguien a morir

La postura de la Iglesia
“Provocar la muerte me parece moralmente inaceptable”, subraya Tello Cornejo, y deja en claro la postura de la Iglesia Católica, en línea con el pedido del Papa Francisco en enero pasado.
La declaración sobre la eutanasia es un documento de 1980 de la Iglesia, de la Congregación para la Doctrina de la Fe. En éste, la lglesia reconoce el derecho a morir con “serenidad, dignidad humana y cristiana”. Sería, de hecho, una autorización a los médicos para retirar instrumentos de prolongación de la vida, aunque condena la eutanasia.

El provocar la muerte me parece moralmente inaceptable Andrés Tello Cornejo
“Después está la Pontificia Academia para la Vida, que se pronunció en 2004 sobre el tema del final de la vida. Ocurre que no todos la conocen. A veces se piensa que renunciar a tratamientos es sinónimo de eutanasia. No, se trata, simplemente, de permitir morir. Eutanásico es provocar la muerte de manera activa”, sostiene Tello Cornejo, quien cada semana escucha a pacientes afirmar «no doy más». A su vez, le preguntan si está mal que le pidan a Dios morir. “A esos pacientes les digo: «Tenés que pedirle a Dios vivir todo lo que Dios quiera y aceptar la muerte cuando llegue»”.

Consultado sobre si para la Iglesia es más importante la voluntad de Dios que la de la persona que desea morir para poner fin al sufrimiento provocado por la enfermedad, Tello Cornejo responde: “No, porque el enfermo puede pedirle a Dios «si es tu voluntad, por favor, llevame al cielo». Uno puede pedirle a Dios la buena muerte. Otra cosa es pedirle al médico que provoque la muerte. La conducta eutanásica, para nosotros, es moralmente inaceptable”.

El licenciado en Filosofía Rivera López polemiza en este punto: “He escuchado a médicos que trabajan en terapia intensiva hablar de «eutanasia indirecta»: se dan calmantes muy fuertes que son necesarios para mitigar el dolor, pero que, como efecto colateral, también producen la muerte. Incluso la Iglesia Católica ha defendido explícitamente esto, pero es ilegal en la Argentina, es un homicidio. En un trabajo cito pasajes de documentos de la Iglesia en los que avala la eutanasia indirecta; es decir: no la llama eutanasia indirecta, por supuesto, pero avala el dar narcóticos que también causan la muerte del paciente, además de quitar el dolor. Y eso está muy cerca de la eutanasia directa”, sostiene.


Un caso emblemático: la huella de Camila

Camila Sánchez murió el 7 de junio de 2012. Su mamá, Selva Herbón tiene hoy 45 años y trabaja como docente en equipos de orientación escolar. Camila, que había nacido el 27 de abril de 2009, tenía tres años, un mes y once días cuando fue desconectada de forma progresiva del respirador artificial que la sostenía biológicamente con vida.

En el momento en que se tomó la decisión, “fue porque su estado era irreversible, vegetativo permanente, no era un coma”, detalla Selva en diálogo con LA NACION. ” Camila vino a dejar huella y, por algo, sucedieron las cosas como sucedieron. Nos dio una lección enorme, sobre todo, de amor, porque no podemos permitir que la tecnología sobrepase a la vida, que tiene un inicio y un fin”, indica.

Pese a ésta, acaso una de las experiencias más difíciles que le tocó atravesar a Selva y a su familia, la mamá de Camila cree que la sociedad, “no está preparada para permitir la eutanasia”.
Una deuda con Alfonso

El domingo 3 de marzo de 2019 al mediodía, a sus 36 años, moría en Córdoba Alfonso Oliva. Padecía Esclerosis Lateral Amiotrófica (ELA) y se había convertido en un símbolo de lucha para sancionar una ley de eutanasia. En una carta a Carlos “Pecas” Soriano, un médico cordobés experto en bioética, Alfonso, que sabía que no llegaría por los tiempos de su enfermedad y de la Justicia, “quería que otras personas en su misma situación pudieran tener la posibilidad de un suicidio asistido o de la eutanasia, y pedía que redactara un proyecto de ley. Eso fue lo que le prometí”, cuenta Soriano a LA NACION.

Acompañado por una legisladora de Córdoba, Liliana Montero, y dos diputadas nacionales por la misma provincia, Brenda Austin y Gabriela Estévez, el médico fue a visitarlo. “Salimos llorando. Ante la pregunta de una periodista que lo entrevistaba sobre las cosas que más extrañaba hacer, dijo: «Comer, hacer el amor y jugar al fútbol». Cuando dijo la palabra «comer», se me estrujó el alma, porque todo esto que hacemos habitualmente y no le damos importancia, él no podía hacerlo”, recuerda.

Con su ayuda, se avanzó en la redacción del proyecto de ley de eutanasia, que ya tiene un borrador acabado y el articulado completo. Se trabaja actualmente en los fundamentos. Es un proyecto que, para llegar al momento de la presentación, tendrá que pasar por una serie de consultas para que haya consenso técnico, político y social, pero no tiene fecha de aún.

“Estoy a favor del debate porque las leyes deben ser inclusivas, deben incluir derechos, no excluirlos. ¿Quién indica cuándo estamos preparados o no para el debate?”, concluye Soriano.

CURSOS A DISTANCIA DE BIOÉTICA Y DE ÉTICA DE LA INVESTIGACIÓN

Conoce los cursos certificados por el Programa de Educación Permanente en Bioética, la Redbioética UNESCO y el Programa para América Latina y el Caribe en Bioética de la UNESCO (Oficina de Montevideo):

Introducción a la ética de investigación en seres humanos
bases conceptuales y habilidades para llevar adelante la investigación biomédica, enfocada a la protección de derechos, seguridad y bienestar de los participantes de las investigaciones que se realizan en la región.

Introducción a la bioética clínica y social
bases y habilidades para una reflexión crítica y deliberación pluralista de los conflictos éticos que emergen de la vida y la salud humana en contextos particulares y a la luz de los Derechos Humanos.

inscríbete antes del 30/4
becas UNESCO disponibles hasta el 17/2
MÁS INFORMACIÓN SOBRE MATRÍCULAS Y BECAS