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Terminación voluntaria del embarazo. – Diego Fonti- Revista Redbioética

Terminación voluntaria del embarazo 

Sobre la terminación voluntaria del embarazo: la estructura del argumento

Coincidencias iniciales

El bioeticista español Juan Masiá Clavel SJ, quien ha trabajado en Japón desde hace 40 años, cuenta una anécdota que sucedió cuando se debatió en ese país la legalización del aborto. Un día llama su secretaria a su oficina, diciéndole que un periodista se había presentado sin cita previa, y le pedía cinco minutos de su tiempo. Masiá lo recibió, y el periodista le pidió su posición respecto del aborto. Masiá se negó a ese tipo de preguntas, y comenzó una exposición compleja y completa de los diversos aspectos involucrados. Cuenta Masiá que frente a esa compleja exposición el periodista le aclaró que él sólo quería un titular para su periódico, que simplemente dijera que la Iglesia se opone, y que esa larga aclaración en realidad no le servía para sus fines.
Demasiado a menudo es eso lo que sucede en la actual discusión sobre interrupción voluntaria del embarazo. Obviamente esa posición impide no sólo pensar, sino elaborar buenas leyes y políticas públicas. Es con ese objetivo que quisiera abordar un punto concreto, que considero relevante en la discusión: la relación principio y consecuencias. En favor de una lectura sin interrupciones ni distracciones, aunque con la complejidad del tema, he optado por dejar de lado las habituales referencias bibliográficas y citas, comunes en el género literario académico, para concentrarme en el argumento mismo.
Según sospecho, este texto dejará inconformes – cuando no irritados – a quienes han asumido una postura militante en los supuestos “lados” en disputa respecto de la terminación del embarazo. Mi argumento de partida será que a menudo las coincidencias negadas u ocultas pueden servir para resolver los disensos emergentes y resonantes, y que sin escapar al conflicto esas coincidencias ponen a los “lados” del mismo lado. El segundo argumento es que se requiere tener en cuenta estas coincidencias prácticas, en tanto su análisis evidencia notables incoherencias en nuestros argumentos. No se trata aquí de “ganar” ningún argumento, sino de asumir con responsabilidad y fundamentos las decisiones que tomamos, sobre todo cuando hacemos afirmaciones y tomamos decisiones que afectan los cuerpos de otras. También se trata que el habitual “escape” de la argumentación, por ejemplo resolviendo la cosa por vía emotivista o individualista, desconoce que por importantes que sean nuestros sentimientos o creencias sobre este tema, no puede un argumento reducirse a ellos. Esto es así, porque se supone que si una discusión aborda un problema de relevancia ética, la argumentación pretende sostener un tipo de validez más allá de nuestras cosmovisiones o creencias personales.

El punto de partida será uno que, a mi juicio, no será cuestionado, con la excepción de algún grupo minoritario capaz de aferrarse a ciertos principios sin atender a ninguna consecuencia negativa que se derive de ellos:. Este punto de partida es la siguiente afirmación: hay embarazos inviables en los cuales la única intervención moralmente justificada es su terminación. Pienso en situaciones como el embarazo que se da en una mujer con cáncer cérvico uterino avanzado y venas varicosas con hemorragia, el embarazo ectópico, el embarazo indeseado de una menor en el momento del paso a la pubertad por causa de violación, etc. Son situaciones en que todos nuestros conocimientos nos indican el óbito de la madre, o al menos un sufrimiento prolongado y con riesgo cierto de vida o secuelas psicológicas, y – por esa razón o por su propia condición – la terminación del embarazo. En estos casos doy por supuesta una coincidencia mayoritaria que a la luz de los conocimientos y proyección científica de esos procesos, la seguridad de la inviabilidad del embarazo y de la muerte de la embarazada hacen necesario tomar una decisión que preserve la vida e incluso la fecundidad de la mujer.

¿Qué hemos hecho cuando aceptamos moralmente que se proceda a esa terminación por las condiciones y consecuencias previsibles? No quitamos ningún valor a embrión o feto, pero reconocemos que sus condiciones hacen imposible su continuidad, porque incluso sin intervención externa su propio estado indica su inviabilidad y acabamiento. Aceptamos que había un ser que potencialmente acabaría su evolución en un nacimiento, pero las condiciones reales y necesarias para que esa potencia se actualice no estaban dadas. Más aún, el avance en la actualización de esas potencias todavía pasivas – durante su crecimiento intrauterino – conducirían irremediablemente a la autoeliminación y a la eliminación de la gestante, lo que nos lleva a pensar que en vistas de esas consecuencias es deseable que esa potencia no se actualice.

¿De dónde proviene esta coincidencia? De un razonamiento que quizás no es explícito, pero que indica que hay consecuencias que obligan a tomar decisiones dramáticas para evitar un mal mayor y así preservar el mayor bien posible, como también respetar del mayor modo posible la dignidad en juego a cada momento del desarrollo del ser humano en cada uno de los involucrados, y finalmente que hay un aspecto que tiene que ver con la conciencia autónoma de las personas – en este caso, aquella directamente afectada con capacidad de decisión -, un núcleo final decisorio, que debemos preservar incluso si hacen opciones diversas de las nuestras.

Alguien podría decir que esa decisión se dio debido a lo dramático de la consecuencia previsible. Es cierto. Pero a nivel de análisis ético lo esencial fue desacoplar un principio, considerado por muchos intangible, de las consecuencias. Fueron las consecuencias las que relativizaron ese principio, al punto que lo que sucede en la terminación del proceso evolutivo es lo mismo, sin importar en qué condiciones o lugar – por ej. el caso ectópico – se hubiera estado dando. Si se me permite la palabra, a nivel “ontológico” sucede lo mismo sin importar los motivos o las condiciones. Pero lo que también se ve en esto, es que partir de ese desacople que hemos autorizado debido a las consecuencias, pero que en su realidad produce el acabamiento del proceso como cualquier otro en cualquier otra circunstancia, aparece claro que el principio se vuelve relativo a otros factores. Con esto hemos dado un golpe de gracia a la idea de un fundamento inconmovible e indiscutible, que demanda la totalidad de las garantías que consideramos obligatorias para otros estadios de nuestra evolución personal.

¿Cómo acordar en situaciones de disenso moral?

Una de las cosas más sorprendentes en la discusión de dilemas bioéticos es que a menudo se llega a acuerdos y conclusiones similares a partir de premisas diversas, incluso contrarias. Algo así sucedió con los trabajos previos que confluyeron en el Informe Belmont. Cuando pensamos en la terminación del embarazo, posiblemente las posiciones que aducen una propiedad absoluta respecto del propio cuerpo olviden que de hecho no es así ni siquiera en la más liberal de las sociedades (un ejemplo de algo muy distinto pero que considero clarificador es que nadie aprobaría una ley que permita vender un riñón propio, ya que todos presupondríamos que quien efectivamente se ve necesitado de hacerlo es alguien que carece de recursos y presumiblemente acudiría luego al Estado para sus tratamientos, lo que finalmente derivaría en una situación de miseria superior a la original, o sea que a pesar que su riñón es suyo eso no implica a nivel práctico la libre disponibilidad en términos irrestrictos), así como, en el otro extremo, las posiciones que niegan toda posibilidad de decidir a la mujer respecto de su cuerpo y lo que sucede en él olvidan que el principio de autonomía es una piedra fundamental de la bioética y legislación contemporánea. De allí que he preferido evitar ese tipo de argumentos, que conllevan su cuota de validez y sus límites, para pensar en la práctica referida, porque a mi juicio es más clara: en ocasiones límite consideramos que las consecuencias negativas previsibles y las condiciones negativas de gestación habilitan a la mujer a solicitar la terminación del embarazo, en perspectiva médica se lo juzga mayoritariamente como indicado, y finalmente consideramos éticamente que los argumentos son suficientes para habilitar la intervención. Esta estructura se llama “consecuencialismo”, en la cual sin perder de vista algunos principios básicos – como el derecho que nos asiste como humanos en diversas etapas de nuestra evolución – al mismo tiempo los sopesamos a la luz de las circunstancias. Esto también quita la discusión sobre el origen de la vida humana, en tanto claramente la unión de gametos inicia un proceso con un acabamiento predictible, pero lo que está en juego no es el problema científico de cómo evoluciona ese proceso, sino la cuestión moral – y jurídica – del tipo de tutela que amerita la potencialidad en progresiva actualización. Lo notable del caso es que esta estructura de deliberación rompe ante todo con la idea casi mágica que somos – para usar un lenguaje clásico – de modo plenamente “en acto”, y no en potencia que está evolucionando, desde el momento que se fusionaron los gametos. Al romper esta estructura de argumentación se derivan dos consecuencias:
1) se cambia el peso del “principio absoluto” a la consecuencia, porque al reconocer que hay argumentos que permiten la interrupción en vistas de las consecuencias indeseables que su continuidad acarrearía, se vuelve relativo el inicio que se creía absoluto; absoluto quiere decir “despegado de todo”, o sea, sin condicionantes ni relativo a nada. Se sostiene que para el juicio moral ya no alcanza con la presencia de un embarazo para que ya no haya otra discusión posible, porque la potencia evolutiva es, en términos clásicos, todavía “pasiva” y en proceso de actualización inconcluso.

2) se despegan prudencialmente las consecuencias de los principios. Uso la palabra “prudencialmente” porque podemos pensar en diversas posibilidades de intervención – incluida la terminación – con sus consecuencias a nivel del proceso de gestación. Podríamos pensar que alguien decide no seguir un embarazo, pero que si lo sigue asume progresivamente las responsabilidades correspondientes y exigibles. Analógicamente, alguien puede no asumir la maternidad una vez dado el nacimiento y entregar su bebé al Estado para su custodia, pero si decide asumir la responsabilidad eso conlleva una nueva serie de responsabilidades. Considero que esta perspectiva de capacidad de opción y responsabilidad progresiva permitiría asumir la libertad de conciencia y la responsabilidad ante las decisiones propias. Y permitiría distinguir nuestros deberes “imperfectos” – o sea, no absolutos sino condicionados por circunstancias – de aquellos “perfectos” – los que no admiten matices ni grados.

Lo central aquí, para volver sobre nuestras propias acciones, decisiones y argumentos, es que hemos pensado que por las consecuencias negativas que acarrearía una situación límite (de las ya contempladas y mayoritariamente aceptadas) consideramos que el principio de un proceso puede ser subordinado a una decisión argumentada desde las consecuencias. Al permitir esa separación, lo que hacemos es comprender que el proceso de la evolución gestacional conlleva condiciones y criterios. Y por ende, el ejercicio de despegar principio de consecuencias no diferencia ya el tipo de consecuencias negativas, porque el hecho de la interrupción en términos ontológicos es el mismo, sin importan los motivos. De este modo, coherentemente las consecuencias y motivos podrían incluir otros aún no previstos, ampliando las nociones de riesgo, previsiones negativas, etc.


La experiencia de otras

En “La Celestina” se lee un antiguo refrán: “cada uno habla de la feria según le va en ella”. Es algo totalmente normal que hablemos de la vida y juzguemos las decisiones en la vida (propias y ajenas) según cómo nos fue en nuestra propia experiencia. Es algo común, pero moralmente cuestionable, porque reduce la experiencia humana y la vara de juicio a la propia, sin comprender los motivos, experiencias, sufrimientos y decisiones que llevaron a otras personas a tomar opciones diversas. La experiencia y perspectiva individual es un elemento necesario pero no suficiente para la deliberación sobre dilemas éticos. En todo caso, algo imprescindible en todo este tema es el necesario acompañamiento – no manipulación – para que la persona en situación de embarazo indeseado pueda deliberar y tomar su propia decisión, sea cual sea, con el apoyo psicológico, sanitario y material necesario. Posiblemente la garantía de este apoyo significará el sostén material que permita una decisión mucho más libre y consciente de sus consecuencias futuras.
Decía al inicio que seguramente este texto dejará inconforme a la mayoría, aunque, según espero, quedó claro cómo a menudo tomamos decisiones que rompen los principios absolutos, y los reubican como principios ordenadores relativos a otras variables, sobre todo las consecuencias indeseadas. Y que si ya lo hacemos respecto de algunos casos límite, la estructura ontológica de la decisión – la interrupción – es la misma, independientemente de condiciones, motivaciones o consecuencias. Y por fin, que si lo hacemos es porque nos consideramos autorizados y que el tipo de evento tiene, en todo su dramatismo, algún tipo de autorización que le diferencia de otras limitaciones inadmisibles de la vida humana. Claro que esto es sólo un punto del planteo. La cuestión social previa, transversal y posterior es qué tipo de herramientas sociales generamos para que los embarazos que efectivamente se den hayan sido generados por el deseo de los progenitores. De modo tal que la educación sexual, el uso responsable de la anticoncepción, la provisión de anticonceptivos, la provisión de intervenciones preventivas en caso de teratogenia, y el básico cumplimiento de la ley y de la Suprema Corte, son todos elementos indispensables para no reducir semejante tema a un “megusta” o “nomegusta” y para asumir con mínima responsabilidad los discursos sobre prácticas sociales.
Además, el hecho de poner en un lugar relevante a las consecuencias para la argumentación no indica que ese lugar sea excluyente, como si se tratase de un utilitarismo ciego y carente de otros principios regultorios. El criterio de protección gradual proporcional referido, que a diverso nivel de evolución exige diversas condiciones de tutela y protección, no quitaría la posibilidad de terminar un proceso pero sí indicaría que en caso de evolución del proceso de gestación, se genera una secuencia progresiva de responsabilidades, lo que impediría situaciones como manipulación genética sin fines sanitarios, su abuso o uso indebido, etc. Por otra parte, el cuidado de quien a partir de sus condiciones personales se plantea la terminación del embarazo, requiere generar dispositivos sociales de acompañamiento (no manipulación) para que las mujeres que formulen la pregunta y eventualmente soliciten este procedimiento, o no lo hagan, reciban en todo caso la contención imprescindible para que su decisión sea libre y gocen de la mayor cantidad de alternativas viables y sostenibles en ese momento (el caso de la ley alemana es un ejemplo al cual puede prestarse atención). Un acompañamiento así, con lugares públicos y controlados, y con claros criterios de autorización de los y las profesionales responsables, podría no sólo servir de acompañamiento, sino prevenir la injerencia de otros actores sociales que medren sobre la decisión personal de la mujer.


Consideraciones finales

Junto a la cuestión social y educativa, que también son parte del tipo de consecuencias sobre las que queremos incidir, existen dos aspectos relacionados con la realidad empírica: el hecho de que se trata de una práctica efectivamente constatable, y el hecho que quienes la viven en sus cuerpos están en estado generalizado de indefensión y falta de acompañamiento, incluso si cuentan con los recursos económicos que les vuelven accesibles una práctica segura. Frente a esta realidad, cualquier decisión que se tome requiere superar la hipocresía y la ceguera autoinducida. La ceguera puede también ser autoengaño. Así pienso en el caso de otras situaciones inviables como la anencefalia, donde en nuestro medio no se permite la terminación sino que se obliga a sostener el embarazo hasta la semana 22 para allí inducir el parto y constatar al poco tiempo el óbito. Nuevamente se verificaría aquí que la desatención a las consecuencias impone una especie de respeto formal de una norma que se sabe inconducente. Hacen “como si” respetaran un ser humano cuando sabemos que la actualización de las potencias necesarias para la vida no es viable, generando en el cumplimiento formal una cantidad de angustia y descuido notable por la persona. Como suele ser el caso, prefieren el fiat iustitia et pereat mundus.

Autor: Diego Fonti 

Nuevo Número de la Revista Iberoamericana de Bioética. tema: Salud Colectiva y Salud Pública

Núm. 7 (2018)
Salud colectiva y salud pública

Tabla de contenidos
Artículos

Desafios e problemas éticos da Vigilância em Saúde: tensão dialética entre riscos e necessidades em saúde
Jose Roque Junges, Rosangela Barbiani  PDF (Português (Brasil)) 1-12

Bioética, salud pública y la distinción terapia/realce
Miguel Hugo Kottow PDF 1-13

Capacidades, salud y sistemas. Re-pensar la salud de mano de la justicia distributiva
José Rubén Palafox Cabral  PDF 1-9

Bioética y salud pública
Víctor Penchaszadeh PDF 1-15

Salud pública y nuevos derechos individuales a la salud: entre la utopía y la realidad
José María Galán González-Serna PDF1-16

Conocimiento de las implicancias éticas de las medidas de salud pública por parte de los tomadores de decisión del Ministerio de Salud Pública de Uruguay
Delia María Sánchez Varela PDF1-18

El impacto social de la comunicación en las epidemias: perspectivas bioéticas y de salud pública
Eduardo Alfredo Duro, María Angélica Sotomayor, Fabiola Czubaj, Carmen Alicia Cardozo de Martínez, Ida Cristina Gubert, Luis M. López Dávila, Elizabeth María Benites Estupiñan, Fernando Adrián Torres, Claude Vergès de López, Patricia Cudeiro, Laura Rueda Castro, Patricia Sorokin
PDF1-16

Bioética y prácticas de salud pública
Matilde Peguero PDF1-13

Publicidade e comercialização de alimentos para lactentes e crianças de primeira infância: regulação como responsabilidade do estado brasileiro
Caroline Filla Rosaneli, Dillian Adelaine Cesar da Silva PDF (Português (Brasil))1-11

Aceptarnos para buscar juntos. Teología, bioética y salud pública
Roberto Noriega PDF1-17

¿Es ético crear a un bebé de tres padres?

Un grupo de científicos estadounidenses anunciaron en el año 2016, en un artículo publicado en New Scientist, que habían generado al primer “bebé de tres padres”. Sin embargo, ello no es totalmente verdad, ya que de hecho, existen entre 30 y 50 personas en todo el mundo que tienen mitocondrias –y por lo tanto ADN– de una tercera persona, concebidas mediante un tratamiento de fertilidad que realizaban pioneros en Estados Unidos. Fue en 2002 que el ente regulador estadounidense, la Administración de Alimentación y Fármacos (FDA, por sus siglas en inglés), les pidió a las clínicas que dejaran de hacer la transferencia citoplasmática debido a cuestiones éticas y de seguridad. Todas lo hicieron.

Luego de ese anuncio, expertos advirtieron que ese procedimiento no solo evadía la ley de Estados Unidos, sino que podría alterar aún más las relaciones entre padres e hijos. “Este médico especialista en fertilidad abiertamente reconoce que fue a México, donde ‘no hay reglas’ para evadir los procesos de revisión en curso y las regulaciones existentes en Estados Unidos”, dijo la Dra. Marcy Darnovsky, directora ejecutiva del Centro para la Genética y Sociedad, con sede en Berkeley, California (Estados Unidos). “Ningún investigador o médico tiene el derecho de burlar las normas y crear las suyas. Este es un acto irresponsable y sin ética, y sienta un peligroso precedente”.


Este tratamiento experimental fue aprobado en el Reino Unido en febrero de 2015 con la esperanza de que sea cierto lo que dicen los expertos en el sentido de que podría eliminar enfermedades de la mitocondria que son debilitantes y potencialmente fatales. La mitocondria defectuosa afecta a uno de cada 6.500 bebés. Esto los puede dejar sin suficiente energía, lo que resulta en debilidad muscular, ceguera, fallo cardíaco y la muerte en los casos más extremos. El ente regulador británico, la Autoridad de Fertilización Humana y Embriología (HFEA, por sus siglas en inglés), ha llevado a cabo tres evaluaciones independientes para estudiar la seguridad de la técnica y concluyó que el reemplazo mitocondrial “no es inseguro”.


La noticia de la experiencia en EEUU, aparecida en el New Scientist, aclara que la experiencia en una mujer jordana que había sufrido cuatro abortos espontáneos. Además uno de sus hijos falleció ocho meses después del nacimiento y otro a los seis años. Los médicos tomaron ADN del óvulo de la madre y mitocondrias saludables del óvulo de una donante para crear un nuevo óvulo, que fue fertilizado artificialmente. Crearon así cinco embriones aunque solo uno se desarrolló normalmente.


Esto que en Gran Bretaña no está disponible para personas con problemas de fertilidad sino para aquellas portadoras de enfermedades mitocondriales que de otra forma pasarían estos males genéticos a sus hijos, es ilegal aún en EEUU., debido a que que la agencia estadounidense de Administración de Alimentos y Medicamentos (FDA, por sus siglas en inglés), ha planteado “muchas advertencias” sobre el riesgo de hijos concebidos con estas técnicas, y posiblemente a los hijos de estos.


También los científicos plantearon también en su momento sus objeciones: “El precedente es muy preocupante, tanto en el sentido de los científicos que deberían saber mejor ‘aventurarse por su cuenta’ con un procedimiento riesgoso y experimental, y en un sentido en que están haciéndolo usando una técnica que es técnicamente una forma de modificación de línea germinal human”, dijo Darnovsky cuando se enteró de la noticia en 2016, refiriéndose a las modificaciones genéticas de caracteres hereditarios.


El tema ético de la técnica usada por los científicos estadounidenses ocasionó también críticas de Robert P. George, un profesor de leyes de la Universidad de Princeton que ha escrito sobre el trato ético de la persona humana en etapa embrionaria, y el Dr. Donald Landry, ex jefe del departamento de medicina del Presbyterian Hospital de Nueva York.


Ambos enviaron el 18 de febrero de 2014 una carta a la FDA, objetando que se realicen pruebas en humanos usando este procedimiento.


“El deseo de ayudar a las mujeres que sufren de desórdenes mitocondriales o infertilidad es admirable e importante”, indicaron los científicos, pero precisaron que “las necesidades de los niños creados a través de tecnologías nuevas también deben ser tomadas en cuenta”.


Los expertos indicaron que el procedimiento podría llevar a defectos de nacimiento y otros desórdenes. El procedimiento se realizaría con una relativa falta de supervisión regulatoria.


Para ambos, el procedimiento usando tres padres genéticos sería “una dramática alteración de la primera y más básica de las relaciones humanas, con consecuencias difíciles de sondear o predecir”.


Por su parte, en gran Bretaña no todos los científicos están de acuerdo ni tampoco los parlamentarios, Fiona Bruce, que es una de ellos, piensa que esta técnica podría abrir el camino hacia los humanos modificados genéticamente que ha sido definido por la Ley de Derechos Fundamentales de la Unión Europea como eugenesia. Muchos creen que aprobar este tipo de técnicas puede abrir la caja de Pandora.

María Luisa Pfeiffer