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“Salud garantiza la aplicación de la guía de aborto no punible” Prensa de Gobierno de Córdoba”

De acuerdo al fallo del Tribunal Superior de Justicia conocido hoy, en relación a la aplicación de la guía de aborto no punible en la provincia de Córdoba, el Ministerio de Salud ratifica que está en condiciones de aplicar la misma en la red de hospitales públicos provinciales, garantizando el acceso a la salud.

El aborto no es punible, de acuerdo al artículo 86 del Código Penal Argentino, en los casos en que peligre la vida o la salud de la mujer gestante o en casos de violación.

Según establece la guía, el acceso al aborto no punible puede solicitarse en cualquier centro de salud público; y si fuera necesario, se realizará la derivación a un centro de mayor complejidad o a cualquier otro centro de la red, siempre garantizando el acceso.

La guía provincial fue sancionada a través de la resolución 93 del 26 de marzo de 2012 y en base a los lineamientos del fallo FAL de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Hasta ahora, no había podido aplicarse, debido a la acción legal que había interpuesto una asociación civil, y una medida cautelar que suspendió su aplicación.

En el día de la fecha, por medio de una resolución (auto n.° 61), que ha sido notificada a la Provincia, el Tribunal Superior de Justicia de Córdoba (TSJ) rechazó, por inadmisible, el recurso extraordinario federal (REF) que se había planteado con el fin de que la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) revisara la sentencia dictada por el Alto Cuerpo el 18 de diciembre del año pasado.

A partir de esta decisión, la guía está en condiciones de aplicarse en el ámbito de los establecimientos públicos de la Provincia.

Ministro de Salud: Francisco Fortuna: “La guía del aborto no punible ya está operativa”. Noticia de Cadena3.

El ministro de Salud de Córdoba destacó a Cadena 3 que “se trata de una legislación que está vigente desde el siglo pasado”, luego del fallo del TSJ que rechazó el recurso extraordinario de una ONG.

Tras el fallo el Tribunal Superior de Justicia de Córdoba (TSJ) que rechazó este martes, por inadmisible, el recurso extraordinario que había suspendido la Guía del aborto no punible, el ministro de Salud provincial, Francisco Fortuna, destacó que “se trata de una legislación que está vigente desde el siglo pasado”.

La asociación civil Portal de Belén había presentado el recurso con el fin de que la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) revisara la sentencia dictada por el Alto Cuerpo el 18 de diciembre del año pasado, la cual había habilitado la Guía del aborto no punible, suspendida desde 2012 en Córdoba por un amparo de esa entidad.

“A partir de ahora, la guía que prevé los procedimientos para garantizar el aborto no punible en la provincia de Córdoba está operativa y la podemos ejecutar”, indicó Fortuna a Cadena 3.

Y añadió: “El fallo autoriza a la Provincia a aplicar la guía, quiero dejar en claro que se trata de mujeres a las que el embarazo les puede provocar problemas en su salud o vida, y en los casos de violación; para eso el sistema de salud garantiza, a través de sus efectores, que el equipo médico evalúe la oportunidad y el lugar del procedimiento para la interrupción del embarazo”.

“Se trata de una legislación que está vigente desde el siglo pasado, entonces la Corte Suprema estableció, a través de un fallo, una clara interpretación el artículo 86 (del Código Penal) y, en ese sentido, creemos que se debe respetar la decisión de la mujer”, señaló.

No obstante, aclaró: “En el sistema de salud, aquellas mujeres que por razones de salud necesitaron una interrupción del embarazo se lo han venido haciendo, se trata de una interpretación correcta del Código Penal”.

“La guía de procedimiento que se sancionó en 2012 garantiza los procedimientos para hacer efectivo el cumplimiento de la ley”, precisó.

Informe de Jorge Mercado.

Aborto no punible: Portal de Belén presentó recurso extraordinario ante la Corte. Noticia de diario “La Nueva Mañana”

Corte Suprema de Justicia

La asociación civil Portal de Belén presentó este jueves ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación un recurso extraordinario contra la Guía provincial para la atención de los “Abortos No Punibles”.

La presentación se realiza tras finalizar la feria judicial del mes de enero y luego de que el 18 de diciembre pasado el Tribunal Superior de Justicia emitiera un fallo histórico acerca de la constitucionalidad del protocolo de aborto no punible.

En sus fundamentos para solicitar el recurso extraordinario, Portal de Belpen recordó que desde 1991, tiene en funcionamiento “hogares para brindar asistencia integral a mujeres solas en situación de conflicto, a fin de que consoliden la relación con sus hijos”.

“En sus cinco casas se han alojado más de 4.000 personas y gracias al amparo de la institución han nacido centenares de niños”, expresó en un comunicado que dio a conocer el mismo jueves.

“A pesar de esto, el fallo del TSJ, con el voto de 4 de sus miembros, sostiene que “la asociación actora no ha acreditado la conformación adecuada de un colectivo concreto respecto de cuyo interés ostente legitimación activa suficiente para promover la presente acción de amparo colectiva , y rechaza el amparo por tal motivo”, aseguraron desde la asociación civil.

Al mismo tiempo resaltaron que tres votos de la minoría “disienten y admiten la legitimidad de la amparista y que la Resolución y la Guía son inconstitucionales, porque una resolución ministerial no puede reglamentar derechos humanos”.

Para Portal de Belén, los votos disidentes “convalidan lo resuelto en la sentencia de la Cámara que establecía la incompatibilidad de la “Guía” con los artículos 4, 19 inciso 1° y 59 de la Constitución Provincial”, y señalan que “ni siquiera la Legislatura local hubiera podido válidamente establecer el régimen que establece la reglamentación en cuestión”.

Además, cuestiona que la Guía provincial para la atención de los “Abortos No Punibles” señala que para acceder a la práctica sólo es necesaria una declaración jurada de la mujer que exprese su voluntad de interrumpir la gestación producto de una violación.

Argumentos
Portal de Belén pidió la revocatoria del fallo del TSJ porque “la aplicación de las Guías: hacen imposible investigar si el embarazo fue producto de una violación o no; las mujeres saben que el aborto es gratuito y nadie investigará si ha sido “legal” o no; el procedimiento garantiza la impunidad a toda embarazada que quiera abortar; en los casos reales de embarazo por violación, como la mayoría son en el entorno doméstico, se elimina la prueba y se perpetúa la situación de abuso”.
Y porque “cada año la vida de 80.000 nasciturus queda sujeta al arbitrio de sus progenitoras, quienes pueden lograr su aborto firmando un simple formulario. El más débil –que no puede defenderse por sí mismo-, ha sido despojado de toda tutela jurídica para la protección del bien más preciado: la vida, la posibilidad de ver la luz del sol, el intentar ser feliz en esta tierra pese a los claroscuros de la condición humana…”, concluye el comunicado de Portal de Belén expresando los argumentos del recurso presentado ante la Corte.

El fallo del TSJ
El 18 de diciembre de 2018, en función del voto de Aída Tarditti, Domingo Sesin, Mercedes Blanc de Arabel y Silvana María Chiapero, el TSJ hizo lugar al recurso de casación promovido por la Provincia, como parte demandada, y revocó la sentencia de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de 3ª Nominación, que en 2013 había declarado íntegramente inconstitucional la Guía de procedimiento de los abortos no punibles en Córdoba.

Como consecuencia, el máximo tribunal provincial rechazó la acción de amparo promovida por la asociación civil Portal de Belén, considerando constitucional la guía y levantando la medida cautelar que frenaba su aplicación en el ámbito provincial.

En ese momento, desde el Ministerio de Salud expresaron que su aplicación estaba sujeta a que el fallo quedara firme. El ministro de Salud de la Provincia, Francisco Fortuna, afirmó que “el sistema sanitario se encuentra preparado para la aplicación del protocolo” en Córdoba.

“La Provincia va a garantizar la aplicación de la guía para que los protocolos que se apliquen en todo el ámbito del sistema de salud provincial, tanto sea en la atención primaria de la salud como en la red hospitalaria”, preciso.