Aborto no punible: Portal de Belén presentó recurso extraordinario ante la Corte. Noticia de diario “La Nueva Mañana”

Corte Suprema de Justicia

La asociación civil Portal de Belén presentó este jueves ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación un recurso extraordinario contra la Guía provincial para la atención de los “Abortos No Punibles”.

La presentación se realiza tras finalizar la feria judicial del mes de enero y luego de que el 18 de diciembre pasado el Tribunal Superior de Justicia emitiera un fallo histórico acerca de la constitucionalidad del protocolo de aborto no punible.

En sus fundamentos para solicitar el recurso extraordinario, Portal de Belpen recordó que desde 1991, tiene en funcionamiento “hogares para brindar asistencia integral a mujeres solas en situación de conflicto, a fin de que consoliden la relación con sus hijos”.

“En sus cinco casas se han alojado más de 4.000 personas y gracias al amparo de la institución han nacido centenares de niños”, expresó en un comunicado que dio a conocer el mismo jueves.

“A pesar de esto, el fallo del TSJ, con el voto de 4 de sus miembros, sostiene que “la asociación actora no ha acreditado la conformación adecuada de un colectivo concreto respecto de cuyo interés ostente legitimación activa suficiente para promover la presente acción de amparo colectiva , y rechaza el amparo por tal motivo”, aseguraron desde la asociación civil.

Al mismo tiempo resaltaron que tres votos de la minoría “disienten y admiten la legitimidad de la amparista y que la Resolución y la Guía son inconstitucionales, porque una resolución ministerial no puede reglamentar derechos humanos”.

Para Portal de Belén, los votos disidentes “convalidan lo resuelto en la sentencia de la Cámara que establecía la incompatibilidad de la “Guía” con los artículos 4, 19 inciso 1° y 59 de la Constitución Provincial”, y señalan que “ni siquiera la Legislatura local hubiera podido válidamente establecer el régimen que establece la reglamentación en cuestión”.

Además, cuestiona que la Guía provincial para la atención de los “Abortos No Punibles” señala que para acceder a la práctica sólo es necesaria una declaración jurada de la mujer que exprese su voluntad de interrumpir la gestación producto de una violación.

Argumentos
Portal de Belén pidió la revocatoria del fallo del TSJ porque “la aplicación de las Guías: hacen imposible investigar si el embarazo fue producto de una violación o no; las mujeres saben que el aborto es gratuito y nadie investigará si ha sido “legal” o no; el procedimiento garantiza la impunidad a toda embarazada que quiera abortar; en los casos reales de embarazo por violación, como la mayoría son en el entorno doméstico, se elimina la prueba y se perpetúa la situación de abuso”.
Y porque “cada año la vida de 80.000 nasciturus queda sujeta al arbitrio de sus progenitoras, quienes pueden lograr su aborto firmando un simple formulario. El más débil –que no puede defenderse por sí mismo-, ha sido despojado de toda tutela jurídica para la protección del bien más preciado: la vida, la posibilidad de ver la luz del sol, el intentar ser feliz en esta tierra pese a los claroscuros de la condición humana…”, concluye el comunicado de Portal de Belén expresando los argumentos del recurso presentado ante la Corte.

El fallo del TSJ
El 18 de diciembre de 2018, en función del voto de Aída Tarditti, Domingo Sesin, Mercedes Blanc de Arabel y Silvana María Chiapero, el TSJ hizo lugar al recurso de casación promovido por la Provincia, como parte demandada, y revocó la sentencia de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de 3ª Nominación, que en 2013 había declarado íntegramente inconstitucional la Guía de procedimiento de los abortos no punibles en Córdoba.

Como consecuencia, el máximo tribunal provincial rechazó la acción de amparo promovida por la asociación civil Portal de Belén, considerando constitucional la guía y levantando la medida cautelar que frenaba su aplicación en el ámbito provincial.

En ese momento, desde el Ministerio de Salud expresaron que su aplicación estaba sujeta a que el fallo quedara firme. El ministro de Salud de la Provincia, Francisco Fortuna, afirmó que “el sistema sanitario se encuentra preparado para la aplicación del protocolo” en Córdoba.

“La Provincia va a garantizar la aplicación de la guía para que los protocolos que se apliquen en todo el ámbito del sistema de salud provincial, tanto sea en la atención primaria de la salud como en la red hospitalaria”, preciso.

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Hacia una visión plural en salud. Articulo de Clarin

En su inicio como nación moderna, Argentina construyó una sociedad, le dio educación integradora con un Estado poderoso y eficiente, y notable igualdad social. Con ritmo espasmódico y sostenido creció hasta que un conjunto de fenómenos interrumpió esa dinámica virtuosa a mediados de los 70 y la sociedad igualitaria que en sus primeros 100 anos atrajo inmigrantes europeos y de países limítrofes, que en no más de dos generaciones entraban en el mundo de las clases medias, excluyó a la tercera parte de la población.

Después de 35 años de democracia los datos muestran una tragedia: pobreza e indigencia del 33%; 1 de cada 2 niños o adolescentes no satisfacen sus necesidades básicas, y un estado impotente cuyas políticas públicas devinieron slogans vacíos y fracasan una tras otra, generan una endémica desigualdad social, ante la indiferencia de una sociedad que ve normal que un niño duerma en la calle, trabaje en la basura o camine entre semáforos pidiendo ayuda.

¿Cómo nos sucedió esto, y no pedimos a gritos acción urgente?. Los avances sobre la corrupción sistémica son necesarios, pero no suficientes para ser base de transformaciones colectivas, y sin liderazgos de calidad, y propuestas de corto plazo, el futuro reclama una discusión colectiva e integral para aceptar y resolver un largo camino de decadencia que pesa sobre la vida de los argentinos. Los eventuales resultados de políticas exitosas serán visibles en el curso de varias administraciones, a partir de diagnósticos acertados y gestión pública eficaz que acabe con la improvisación facilista que llevó al actual estado de cosas.

Aunque pasa en múltiples esferas de la sociedad, en salud la situación es extrema, y la idea del “pluralismo negativo” como espacio de interlocución, donde todos hablan, nadie escucha y se presentan datos, supuestos prejuicios, etc. no sirve para hacer síntesis, sacar conclusiones y avanzar en el camino de la interlocución plural.

La salud es un tema en el que se invocan valores morales, fértil para cultivar posiciones épicas sostenidas en verdades inapelables, “heroísmo” que encubre una lucha de intereses individuales y corporativos que se traducen en poder, contratos. Cuando un grupo se siente amenazado por una acción de la política, construye de inmediato una versión catastrófica de lo que va a suceder genera miedo a los posibles afectados e invade las redes con versiones que hermanan en la victimización.

Una formula garantiza el éxito: la interpelación es siempre emocional y hace imposible interponer datos, alegar conveniencia o racionalidad, solo se entiende con el corazón. No existe visión integral, ni se discuten reformas estructurales para mejorar el bienestar de la población y evitar el despilfarro injustificado de recursos. En lugar de atacar problemas de fondo desde hace décadas, gobiernos y sociedad prefieren parches de corto plazo excusados en la falta de recursos pero desde la crisis de 2001 el gasto social aumentó 20 puntos y las falencias estructurales no fueron atacadas.

La salud tiene un costo, que alguien debe pagar: en un sistema solidario, recursos que fluyen del sano al enfermo, del rico al pobre, de adultos en edad laboral a niños y ancianos. Todos necesitamos servicios de salud de calidad, y en algún momento usaremos esos bienes comunes para beneficio personal o familiar. Pero, así como ningún individuo puede comprar todo aquello que le gustaría, ningún país puede financiar todas las prestaciones, a todos sus ciudadanos, y hay que establecer prioridades.

¿Y cómo ponernos de acuerdo en qué servicio es prioritario sobre otro? ¿Quién establece prioridades y en base a qué?¿ Cómo decirle a alguien que un tratamiento se reemplazará por otro más asequible para poder garantizar servicios también a otras personas? Aunque no se dude en darle prioridad a un grupo ¿cuánta darle?. ¿Hasta poner en peligro el presupuesto para niños, o ancianos? ¿priorizamos costosos tratamientos para cáncer avanzado quizás a expensas de prevención y detección temprana del mismo? ¿o tratamientos caros útiles a poca gente, o servicios básicos a mucha?

Expertos en bioética dicen que estos son debates donde gente razonable actuando de manera razonable difícilmente logra un acuerdo que sirva como principio universal. Pero la priorización existe aunque no se vea, afecta a todos, y el debate no se resuelve dentro del sector salud. La responsabilidad de tomar estas duras elecciones no es de sanitaristas o expertos, es de la sociedad en conjunto. En una Argentina fragmentada, tensa por la inequidad, y anclada culturalmente en derechos reivindicativos el camino natural es la judicialización, y combinada con una opinión pública reticente y poderosos intereses desalineados podría terminar erosionando o polarizando el soporte vital, especialmente en sus comienzos, de una cambiante clase política a una agencia de evaluación de tecnología. Una opinión pública convencida que la escasez de recursos en salud no es real, podría condenar a la agencia en la primera recomendación negativa, y es terreno ideal para que decisiones de cobertura cuidadosamente informadas, sean neutralizadas en una justicia. Y se esquiva el verdadero problema: se debe priorizar éticamente para el conjunto; y no es posible hacerlo, sin un legítimo acuerdo justo.

Por  Rubén Torres es rector de la Universidad I-Salud y ex superintendente de Servicios de Salud de la Nación. 
Andrés Freiberg es coordinador de CETS (Centro de Evaluación de Tecnologías Sanitarias de I-Salud).

Aborto no punible: el TSJ rechazó el amparo del Portal de Belén. Noticias de La Voz del Interior

El Tribunal Superior de Justicia de Córdoba confirmó este martes la vigencia del protocolo para la atención de abortos no punibles en los hospitales provinciales.
El procedimiento había sido suspendido en 2012 a partir de una acción de amparo presentada por la ONG Portal de Belén.

De todos modos, ahora corre un plazo de 10 días hábiles en el cual se puede presentar un recurso extraordinario antes de que el fallo quede firme.

Fallo dividido
Con cuatro votos contra tres, el TSJ resolvió hacer lugar al recurso de casación promovido por el Gobierno Provincial como parte demandada, y revocó la sentencia de Cámara de Apelaciones que había declarado inconstitucional la guía de procedimiento.

En síntesis, el TSJ entendió que, al no haber un caso concreto sobre el cual expedirse, no correspondía conceder una acción de amparo que frenara la aplicación del protocolo.
Laberinto judicial

En marzo de 2012, luego de que la Corte Suprema de Justicia instara a los ejecutivos nacional y provinciales a garantizar el acceso al aborto no punible a través del fallo F.A.L., el Ministerio de Salud de la Provincia publicó la “Guía de Procedimiento para la atención de pacientes que soliciten prácticas de aborto no punibles”.

Reunión de Diciembre de Red de comités hospitalarios de bioética

El viernes 7 de diciembre se realizó la última reunión del Seminario Taller de Actualización en Bioética Clínica ofrecido por el Área de Bioética del Ministerio de Salud de la Provincia, donde se contó con la exposición del Dr. Martín Torres, encargado de la procuración de órganos del ECODAIC, que explicó la legislación vigente sobre trasplantes de órganos, haciendo hincapié en lo que se conoce en la actualidad como “Ley Justina”.
En la página web del área se encuentran las dos presentaciones que utilizó el Dr. Torres en su exposición.
En la segunda parte de la reunión se realizó un balance del año por parte del Area de Bioética, donde se comentaron, a grandes rasgos, los objetivos 2019. Luego se entregaron los certificados de asistencias a unas 40 personas que de manera regular participaron en esta capacitación y para finalización de la reunión, junto con un ágape a la canasta y un brindis navideño, se mostró un vídeo que se encuentra en la página como resumen de lo hecho en este año tanto Área de Bioética como la Red de Comités Hospitalarios de Bioética
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Mesa redonda: Humanización de Terapia IntensiVa. Comité de bioética Clínica Reina Fabiola


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Se invita parar el día jueves 13 de diciembre de 2018 de 11:00 hs a 12:30 hs, en Aula 4 de Posgrado de la Universidad Católica- Facultad de Medicina, Dirección: Jacinto Ríos n° 554 – Barrio General Paz, con objeto de realizar el cierre del año 2018 abordando la temática de “Humanización de terapia intensiva” y con su presencia junto a expertos del tema en una mesa redonda de debate.

Impiden que tenga un hijo con su marido en estado vegetativo. Noticia: Cadena 3

El Supremo Tribunal de Justicia rionegrino revocó la autorización de la mujer al considerar que no se puede determinar la expresa voluntad de ser padre del hombre.
 

La defensora de Menores e Incapaces, Elizabeth Quesada, fue quien intervino como representante judicial del hombre en el proceso.
El Supremo Tribunal de Justicia (STJ) rionegrino revocó la autorización que una mujer había obtenido para realizarle una microcirugía a su marido, que se encuentra en estado vegetativo, con el fin de crioconservar sus espermatozoides y analizar luego su aptitud para una hipotética futura procreación.
El hombre quedó en estado de “hemiplejía y conciencia mínima” luego de un accidente ocurrido en 2009. Ante la incapacidad total, su esposa fue declarada su representante legal y decidió construir una casa en General Roca adaptada para las condiciones de su esposo, según publico el Diario de Río Negro.
Así fue que intentó tener un hijo para concretar el deseo que tuvieron desde antes del accidente. De acuerdo a la información que surge del expediente, la pareja había atravesado, antes de 2009, varios embarazos frustrados y ninguno tiene hijos anteriores a esa unión.
El camino judicial recorrido por la mujer generó un profundo debate y, luego de dos fallos favorables, el máximo tribunal rionegrino desautorizó al pedido.
El STJ resolvió, por mayoría, que no puede suplantarse por otros medios la expresa voluntad de ser padre del hombre, que se encuentra en estado vegetativo desde hace nueve años.
La defensora de Menores e Incapaces, Elizabeth Quesada, fue quien intervino como representante judicial del hombre en el proceso para que el caso llegue al STJ mediante un recurso de casación. Quesada solicitó que se revoquen las sentencias iniciales y se deniegue la autorización pedida por la mujer.
“La Ley de consentimiento informado establece que la voluntad para someterse a una técnica de reproducción humana asistida tiene que actual al momento de la práctica y formal, porque hoy puedo ser papá y mañana no puedo querer. No se puede determinar su voluntad”, señaló Quesada a Cadena 3.
“Nos debimos repreguntar si esa práctica se podía hacer en el cuerpo de él ya que no podía prestar su consentimiento, cosa que no pudo hacerse porque esta práctica no era en beneficio de su propio cuerpo”, agregó.

Entrevista de Miguel Clariá